Placa a Franco, mayo 1951 |
El catálogo de vestigios sobre Guadiana del Caudillo (Badajoz) está recogido en un libro de 206 páginas, que ha sido elaborado por Luís Eugenio Togores Sánchez, doctor en Historia Contemporánea. El ayuntamiento ha editado 1.000 ejemplares para repartirlos casa por casa a todos sus vecinos, informa el alcalde popular de la localidad Antonio Pozo (Se hizo célebre al ser uno de los cargos del PP que asistió a la cena celebra en Madrid el pasado 2 de diciembre en conmemoración del aniversario del nacimiento de Francisco Franco, organizada por la Fundación que lleva su nombre. Fue premiado con el “Diploma de Caballero y Dama de Honor” por su “labor destacada en la defensa de la verdad histórica y de la memoria del Caudillo y su gran obra”. Suyas fueron estas palabras: “Mientras el que esté os habla, respire y sea alcalde, nadie borrará la historia de Guadiana del Caudillo”.
El Catálogo comienza con una cita de
Cicerón: “Aquel que no conoce su historia está condenado a repetirla”.
En la introducción refiere que se redacta en virtud de la Sentencia
118/2016 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Badajoz, y
de lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 52/2007, de 26 de
diciembre, conocida como Ley de la Memoria Histórica. Pero para el
autor, dicha Ley no establece obligatoriedad automática de la
elaboración del catálogo de vestigios, tal y como se recoge en el texto
normativo y acaba de pronunciarse el juzgado de lo contencioso
administrativo nº 2 de Badajoz, en su sentencia del 13 de enero de 2017.
Además, precisa que de la Guerra Civil no constan vestigios en Guadiana
del Caudillo porque este pueblo no existía entonces. Destaca que han
acudido a todos los vestigios existentes en la breve historia del pueblo
con el fin de examinar el cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica;
que los vestigios para la creación del pueblo, nacen de la legislación
expuesta en este catálogo, llevada a cabo en el periodo de la Dictadura
del General Francisco Franco en esta población; que todos ellos forman
parte de las múltiples disposiciones y vestigios públicos y publicados
en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para la instauración y
construcción de este pueblo; que muchos de los vestigios no citan a
Guadiana del Caudillo porque el término municipal del pueblo formaba
parte del Plan de Colonización de la Zona Regable del Canal de Montijo. Y
finaliza la introducción diciendo: “Todas las publicaciones expuestas,
han tenido o tienen que ver, de una manera directa o indirecta con los
vestigios de la Dictadura en Guadiana del Caudillo”.
A continuación refiere que el catálogo consta de 82 vestigios,
81 de la Dictadura y el nº 82 que, aunque no es de aquella etapa
histórica, lo publican por su importancia: corresponde a la Declaración
de Independencia del municipio, respecto a Badajoz.
Señala como vestigio nº1 la Ley de Bases
de 26 de diciembre de 1939, para Colonización de Grandes Zonas. Hasta
el nº 28 son “fotocopias del BOE”, que es como los vecinos llaman al
citado catálogo. El vestigio nº 29 recoge una fotografía de mayo de 1951
con el lema: Francisco Franco visita Guadiana del Caudillo con motivo
de la inauguración de la primera fase de construcción del pueblo; así
como, la placa conmemorativa del día de la inauguración de la primera
fase de GC. En la placa puede leerse: "FRANCISCO FRANCO
BAHAMONDE. JEFE DEL ESTADO ESPAÑOL, al visitar la zona regable de
Montijo en el mes de mayo de 1951, inauguró la primera fase de
construcción de este pueblo que se denomina GUADIANA DEL CAUDILLO, como
modesta ofrenda a sus constantes entusiasmos en pro de la labor
colonizadora" (La placa apareció rota en la mañana del martes 9 de
febrero de 2016. El alcalde la repuso por otra en mayo con el mismo
texto, y está protegida con un cristal blindado “como si fuera un Picasso”.
Nueva placa a Franco, mayo 2016 |
Continua la serie de “vestigios BOE”
hasta el nº 52. Se ven interrumpidos con el nº 53 en el que podemos ver
un anuncio en el diario ABC de 30 de marzo de 1957 sobre la fábrica en
construcción de piensos compuestos PROVIMI. Recoge tres ilustraciones
con su correspondiente mensaje: “Conseguirá que la ternera se haga una
buena vaca de leche, el lechoncillo llegue a pesar 100 veces más en 6
meses y el polluelo culmine en una gran ponedora o en un magnífico pollo
de carne”.
Nuevamente la relación de “vestigios
BOE” se ve cortada con el nº 60 titulado: “Diciembre de 1959. Se
inaugura la Central Telefónica Nacional de España en Guadiana del
Caudillo”. En la relación de centros telefónicos inaugurados en el año
1959 aparece Guadiana del Caudillo junto con Barbaño y Valdelacalzada.
Ninguna interrupción más de “vestigios
BOE” en el catálogo. Pero destacar que los numerados como 80 y 81, de
BOEs de 24 de junio y 15 de julio de 1977, respectivamente, son
posteriores a la Ley para la Reforma Política aprobada el 18 de
noviembre de 1976 por las Cortes Orgánicas. De aquella recién aprobada
Ley, recordamos las palabras del líder franquista José Antonio Girón de Velasco: “Ese día se suicidó aquel Régimen. Le sirvió la pistola en bandeja de plata Adolfo Suárez”.
El vestigio nº 82 es el “Decreto 29/2012,
de 17 de febrero, por el que se aprueba la segregación de la Entidad
Local Menor de Guadiana del Caudillo para su constitución en municipio
independiente de Badajoz”. Y en la línea de los anteriores, el autor lo
incorpora como “vestigio BOE” de fecha 3 de agosto de 2012. Habían
pasado seis meses desde que José Antonio Monago en calidad de Presidente
de la Junta de Extremadura había firmado dicho decreto, que poco
después fue publicado en el DOE de 23 de febrero.
Monago descubre placa, febrero 2012 |
En su análisis final, el autor concluye
que son hechos históricos, fruto de las decisiones de un momento
determinado de la Historia de España, y que por tanto ninguno de los
vestigios de este catálogo incumple con la Ley de Memoria Histórica. No
obstante se centra en la defensa de tres vestigios: denominación del
pueblo, placa de inauguración de la primera fase y escudo con el Águila
de San Juan de la fachada del Ayuntamiento.
Sobre la denominación del pueblo destaca
como prueba el hecho de que el Consejo Consultivo de Extremadura (CCEX)
no dijera nada en Dictamen 12/2011,
de 13 de enero de 2011 sobre dicho asunto. La consulta en dicho órgano
tuvo entrada en la Secretaría del CCEX el 21 de octubre de 2010, y fue
hecha a iniciativa del entonces consejero de Agricultura y Desarrollo
Rural, Juan Antonio Vázquez. El Dictamen refiere que en el expediente
tramitado se aportan datos o circunstancias que acreditan que en
Guadiana del Caudillo concurren fundamentos sociológicos, poblacionales y
materiales bien consolidados que convierten a esta entidad local menor
en una entidad diferenciada de Badajoz y que justifican la segregación
y, concluye, que en definitiva, se justifica que está garantizado que
tanto la población del nuevo municipio como del municipio matriz
dispondrán del mismo nivel de servicios que, de forma efectiva, vienen
disfrutando en la actualidad, tanto desde el punto de vista cuantitativo
como cualitativo.
No obstante el Decreto 35/2011,
de 25 de marzo, por el que se deniega la segregación de la entidad
local menor de Guadiana del Caudillo, para su constitución en municipio
independiente de Badajoz, firmado por el presidente de la Junta de
Extremadura, Guillermo Fernández Vara, DOE de 30 de marzo de 2011,
recoge que “la denominación propuesta por el municipio a segregar
constituye, en sí misma, una vulneración de lo previsto en los artículos
1 y 15.1 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen
y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes
padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la
dictadura, igualmente el Ministerio de Política Territorial, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Orden de 3 de
junio de 1986, por la que se desarrolla el Real Decreto 382/1986, de 10
de febrero, por el que se crea, organiza y regula el Funcionamiento del
Registro de Entidades Locales, ha informado que la denominación
propuesta para el municipio entraría en contradicción con dispuesto en
la Ley 52/2007, lo que podría impedir la inscripción del nuevo municipio
en el Registro de Entidades Locales”.
En síntesis, el CCEX no entró a valorar
la cuestión de la nominación del pueblo pero la Junta de Extremadura
presidida por Vara decretó que se incumplía la Ley de Memoria Histórica.
Hecho que no se produjo cuando Monago firmó el decreto 29/2012. El
autor debe conocer estos hechos. Así como, que la consulta vecinal de
fecha 11 de marzo de 2012 sobre mantenimiento del nombre del pueblo,
tenía como único objetivo dar una pátina de democracia al decreto de Monago.
En cuanto a la placa, basta leer su
contenido para constatar la exaltación personal a Franco que se recoge
en la misma, tanto en la vieja placa como en la nueva instaurada por
alcalde del partido popular premiado por la “Fundación Francisco
Franco”.
El autor del catálogo defiende el
mantenimiento del escudo de la forma: “Los símbolos solo tienen que ver
con los territorios que representan y con los pueblos que lo habitan,
pero no con los gobernantes de un determinado momento histórico” (sic).
Hitler y la cruz gamada, cara y cruz de la misma moneda, y presente la
cita de Cicerón. Nada más que añadir a tal aseveración sobre símbolos y
gobernantes.
En fin, la ternera, el lechoncillo y el polluelo, de nº 53. La mofa será completa si los 1.000 ejemplares del catálogo de vestigios sobre Guadiana del Caudillo lo pagan los guadianeros.
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