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Vergüenza ajena padecían las personas decentes, vecinos o no, ante la ignominia que representa mantener y defender la permanencia de simbología franquista 44 años después de muerto el dictador.
La nota informativa que acompaña a la sentencia del Tribunal Supremo sobre el “caso de La Manada” recoge el reproche a los jueces navarros que calificaron los hechos como un único delito continuado y no como una pluralidad de delitos y, añade, que lo correcto habría sido condenar a cada acusado por su propia violación y por cada una de las violaciones de sus cuatro compañeros en concepto de cooperador necesario. Esa nota debe sonrojar, al menos, a los jueces navarros señalados. El Supremo hace suyo el lema del “solo sí es sí”.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Badajoz, emite sentencia que obliga a la Diputación de Badajoz a pagar los 76.500 euros que había negado a Guadiana del Caudillo a causa de incumplimiento de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, conocida popularmente como Ley de Memoria Histórica.
Marroquín considera “incuestionable que el municipio recurrente, de no accederse a la suspensión solicitada, se ve privado de acceder a una subvención por importe de 76.500 euros para obras y equipamientos, gastos corrientes y para el fomento de la competitividad y el empleo, con lo que ello supone para el interés general de la localidad que, en el caso presente, consideramos el interés más necesitado de protección”.
Esta sentencia será recurrida por la Diputación, según confirma su presidente Miguel Ángel Gallardo. Además, manifiesta que seguirá vinculando las subvenciones de la Diputación a la Ley de Memoria Histórica hasta que haya una sentencia firme de la última instancia judicial.
Esta sentencia no viene acompañada de nota informativa. Probablemente por el recorrido judicial pendiente. Pero si es posible que instancia judicial superior acompañe su sentencia con una nota que, al menos, nos aclare los interrogantes siguientes:
1.- ¿Qué interés prevalece sobre la memoria, justicia y reparación de todas las víctimas del franquismo?: a) el de las obras en Guadiana del Caudillo?; b) el de los equipamientos en Guadiana del Caudillo?; c) el del empleo en Guadiana del Caudillo?
2.- ¿Qué interés está más necesitado de protección?: a) el de la memoria de las víctimas del franquismo ?; b) el de la simbología en memoria del dictador Franco que hay en Guadiana del Caudillo?
Vergüenza ajena padecían las personas decentes, vecinos o no, ante la ignominia que representa mantener y defender la permanencia de simbología franquista 44 años después de muerto el dictador. A ello, dieron carpetazo democráticamente el pasado 26 mayo en las elecciones municipales del pueblo. El 53,72% de los votos dijo: “El Caudillo, no”. Luego, ¿qué parte del no es la que no entienden?.
Sonrojo y vergüenza debería causarles a quienes equidistan memoria, justicia y reparación con un puñado de euros. Ese puñado, y otros, no compran la dignidad de un pueblo porque la dignidad no tiene precio.
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