En Madrid, a 31 de mayo de 1951, "El
director general de colonización le acredita la condición de Colono en
Tutela, y le asigna el lote (parcela e inmueble) que se detalla en la
Libreta de Colono. Si en el período de cinco años, o antes, el colono
reuniera las condiciones necesarias, podrá pasar al período de acceso a
la propiedad, haciéndosele entrega al interesado del Titulo de Posesión
correspondiente. Durante el periodo de Tutela será motivo de expulsión
del colono: "La negligencia habitual e incumplimiento reiterado de las
órdenes emanadas del Instituto Nacional de Colonización (INC)".
El pliego de condiciones del INC sobre el uso del inmueble establece en su artículo 5º:"Para
garantizar el cumplimiento de las condiciones, habrán de realizarse las
necesarias visitas de inspección, tanto de exteriores como de
interiores de la casa, por el Ingeniero encargado de la finca o por los
Peritos Agrícolas y Capataces a sus órdenes, los cuales no serán
impedidos ni dificultados en modo alguno por el colono ni por sus
familiares o dependientes", y en el 7º: "La
limpieza de las Iglesias estarán siempre a cargo de los colonos, que
contribuirán a tal fin de modo conveniente con su correspondiente
aportación personal y económica, en cumplimiento indeclinable de un
deber al que como católico están moralmente obligados" (Guadiana del Caudillo, 20 de mayo de 1951).
De
ahí el enojo de un colono de Pueblonuevo del Guadiana, que hoy en TD1
decía que no tienen que agradecer nada, que nada les fue regalado. No
sólo pagaron todo el lote, sino que el Régimen dictaba sobre ellos en
los términos señalados. Por ello, es un auténtico oprobio que aún no
hayan sido retirados los símbolos franquistas (escudo, placa y nombre)
de Guadiana del Caudillo, que también hoy visualizamos en TD1.
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