viernes, 3 de marzo de 2017

Marco demográfico y normativo para la escuela del siglo XXI

eldiario.es Extremadura
"En fin estamos ante una realidad de implantación de la concertada en los términos descritos y a las puertas del marco normativo que configurará dicha red de centros para el cuatrienio y sexenio siguiente, según enseñanzas". 

La ley económica de oferta y demanda se presenta como una espada de Damocles donde coexisten centros públicos y privados concertados. La razón viene dada porque frente a menos población escolar (en Extremadura la caída de la natalidad es significativa desde 2008 y el saldo migratorio es negativo desde 2012) encontramos que los centros sostenidos con fondos públicos presentan idéntica oferta de plazas que en años anteriores.

Ante la realidad de pérdida continua de alumnado, los agentes de la comunidad educativa presentan diferentes propuestas Unas dirigidas a mantener la situación actual, su cuota; otras incardinadas a modificarla radicalmente a corto, medio o largo plazo (en síntesis: vestirse, desvistiendo al otro).

La realidad de la concertada extremeña, según la memoria de programas de los presupuestos generales de Extremadura para 2017, nos muestra que de los 776.554.473 euros para sostener las enseñanzas de Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato (programas 222A, 222B, 222C y 222G) 76.497.178 euros (9,85%) son para financiar las unidades concertada de dichas enseñanzas.

La memoria recoge: que los 31.710 alumnos matriculados en la concertada representarán el 17,85% del total matriculado en los centros sostenidos con fondos públicos en las enseñanzas referidas; que los 1.726 puestos de docentes vendrán a ser el 9,45% del total del profesorado de los centros sostenidos con fondos públicos que imparten dichas enseñanzas; que concertarán 1.364 unidades para las enseñanzas señaladas anteriormente (21 menos que en el actual curso).

La realidad del curso actual es que hay 66 centros concertados en los que se imparten enseñanzas generales (42 en la provincia de Badajoz y 24 en la de Cáceres), y que en 55 de ellos se imparte Primaria y Secundaria Obligatoria; que están en 28 localidades que suman 607.329 habitantes (56%) sobre un total de 1.087.778 que tenía Extremadura a fecha 1 de enero de este año, según el Instituto Nacional de Estadística, y que en los cuatro municipios más poblados, casi 350.000 habitantes, están 36 de los 66 centros concertados.

Sobre dicha realidad y en paralelo marco temporal, nos encontramos, de una parte, la resolución por la que se establece el calendario y otros aspectos del procedimiento de admisión del alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2017/2018, que el pasado 13 de febrero publicaba el Diario Oficial de Extremadura (DOE); y de otra, el próximo decreto que establecerá las normas relativas a la suscripción, renovación, modificación y extinción de los conciertos educativos en Extremadura para el sexenio comprendido por los cursos 2017/2018 al 2023/2024 en la enseñanza Primaria y para el cuatrienio comprendido por los cursos 2017/2018 al 2020/2021 para el resto de enseñanzas.

Próximo decreto, que viene precedido por la irrupción de sentencias del Tribunal Supremo (TS) sobre aspectos que regulará el mismo. En concreto, la sentencia 2195/2016, dada en Madrid el18 de mayo de 2016, recoge que a un colegio de Palma del Condado (Huelva) que había recibido 36 solicitudes de admisión para sus dos aulas de Infantil de tres años, la Junta de Andalucía cerró una con el argumento de que para los once alumnos sobrantes había plazas vacantes en las escuelas públicas. Los magistrados razonaron que la mengua del número de alumnos en los cursos iniciales es una de las causas que justifican la modificación del concierto en vigor y una reducción de las unidades concertadas. Así como, que el rígido mantenimiento de las mismas unidades bastando para ello con que exista una solicitud de matrícula más de las previstas en la ratio máxima de 25 alumnos/unidad, determinaría que esa ratio sería ostensiblemente inferior en la enseñanza privada concertada que en la pública, sin que haya razones constitucional ni legalmente exigidas para primar o potenciar de esa forma la concertada en detrimento de la pública cuando ambas se sostienen con los mismos fondos.

“No puede haber en los concertados clases con menos alumnos que en la media de los públicos para mantener unidades”, decía recientemente la consejera Esther Gutiérrez. Podría interpretarse que se refería a la sentencia referida, pero seguramente nos recordaba el Decreto 108/2013 que establece las normas relativas a la suscripción, renovación, modificación y extinción de los conciertos educativos en Extremadura, para el cuatrienio comprendido por los cursos 2013/2014 al 2016/2017 (DOE de 2 de julio de 2013). Lo decimos porque ahí se recoge la obligación de los centros de “tener una relación media de alumnos por unidad escolar no inferior a la que determinen las Delegaciones Provinciales de Educación, teniendo en cuenta la existente en los centros públicos del municipio o, en su caso, de la comarca en la que esté ubicado el centro”.

También cabe la posibilidad de que Gutiérrez quiera poner en valor la resolución debatida y votada en el pleno de la Asamblea de Extremadura sobre la Orientación Política General de la Junta de Extremadura (conocido por Estado de la Región) del pasado 15 de julio, en la que se instaba a la Asamblea a que por razones de programación y eficiencia en la gestión de los recursos públicos proceda en el curso 2016-2017 y subsiguientes a la planificación de red de centros teniendo en cuenta la sentencia referida. Pero tal posibilidad se antoja improbable porque su grupo junto con el del partido popular votó en contra de la misma.

En fin estamos ante una realidad de implantación de la concertada en los términos descritos arriba y a las puertas del marco normativo que configurará dicha red de centros para el cuatrienio y sexenio siguiente, según enseñanzas. Todo ello con el denominador de baja continuada de la demanda de plazas escolares. También coincide temporalmente con la voluntad política y social expresada de alcanzar una ley educativa de todos, para todos y entre todos: una ley para las próximas generaciones. Entre tanto, las familias siguen exigiendo a los médicos los tratamientos actuales que dan los mejores resultados para superar sus problemas de salud. Los resultados están ahí, envidiable prestación de la sanidad pública. Ni la música y el sillón confortable en la sala de espera de los competidores (¿complementarios/subsidiarios?), varía la opción hegemónica de las familias.

Presidente de Adecex

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